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INDOTEL multa a CODETEL por degradación de servicioEl consejo
directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), multó a la Compañía
Dominicana de Teléfonos (CODETEL)
por degradación en el servicio y ordenó, asimismo, que la prestadora pague a
los usuarios de telefonía móvil un equivalente en promedio al 8.3% del consumo
mensual por usuario de la modalidad prepago. La información la
ofreció el secretario de Estado y presidente del Indotel, doctor José Rafael
Vargas, al término de una sesión del consejo directivo del órgano regulador. La resolución
ordena a la concesionaria CODETEL “llevar a cabo un plan de bonificación a los
usuarios de servicios telefónicos móviles contratados bajo la modalidad
prepago, con ocasión de la degradación en su plataforma GSM, ocurrida durante
los días del 19 al 23 de mayo de “En su primer
dispositivo, la medida ordena a la Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A.,
“llevar a cabo el plan de bonificación para el total de los usuarios del
servicio telefónico móvil que al día 19 de mayo dispusieran contratado con esa
concesionaria el servicio telefónico móvil bajo la modalidad de prepago y
activado en su red GSM, con ocasión del servicio ocurrida durante los días del
19 al 23 de mayo”, expresa el doctor Vargas. Dicha resolución
dispone, asimismo, “la bonificación a los usuarios de telefonía móvil prepago
programando cinco (5) minutos gratis de tiempo aire, adicionales a lo dispuesto
por los planes o recargas de cada usuario, lo que resultaría equivalente en
promedio al 8.3% del consumo mensual por usuario bajo esa modalidad”, indicó el
presidente del Indotel. Manifestó que el
consejo dispuso que “la recarga de cinco (5) minutos tiempo aire ordenadas en
el dispositivo anterior, sea aplicado dentro de los treinta (30) días
calendario contados a partir de la notificación de esta resolución”. Dijo que la medida
ordena a CODETEL proceder a informar a todos los usuarios prepago, por la vía
que considere más adecuada, las razones que justifican la aplicación de la
recarga de cinco minutos tiempo aire establecidos en la resolución del consejo
directivo del Indotel. Precisó que esta
prestadora tendrá que remitir a Indotel un informe en el que detalle el “total
de líneas que fueron bonificadas de acuerdo a lo dispuesto por esta resolución,
así como la fecha de la primera y última bonificación realizada. Indicó que
igualmente “deberá indicarse con exactitud la información suministrada a los
usuarios sobre la bonificación que nos ocupa, así como la vía por la cual
efectuaron dicho aviso”.
En esa ocasión el
Indotel intercambió comunicaciones con esta prestadora en las cuales se le
informaba que el órgano regulador había designado una comisión de investigación
compuesta por profesionales de esta institución, cuyo objetivo primordial fue
indagar las causas que originaron los fallos de la red celular GSM de dicha
prestadora, así como también, “proponer las contramedidas necesarias para
evitar la ocurrencia futura” de estas degradaciones. En ese sentido, la
prestadora envió en fecha 21 de octubre del año 2008 una comunicación a Indotel
alegando que el Reglamento General de Servicio Telefónico “no establece
forma de bonificar a los clientes del servicio móvil prepago”. Además, el consejo
directivo se reunión el 3 de diciembre con personal de CODETEL para
analizar lo concerniente a la degradación de la red GSM ocurrida en el
mes de mayo y las consiguientes bonificaciones a los usuarios, luego de lo
cual, el 16 de junio, el órgano regulador remitió a esta empresa otra
comunicación en la que reiteraba “la preocupación del Indotel ante la ausencia
de un plan de bonificación a usuarios de servicios móviles prepago activados en
su plataforma GSM durante la semana de la degradación. En respuesta al
reclamo del consejo directivo del Indotel, la prestadora CODETEL envió una
carta identificada con el número 52324, “reiterando posición de negativa a la
aplicación de un plan de bonificación a los usuarios referidos en reiteradas
oportunidades”. En ese tenor, la
resolución del consejo directivo informó que realizó una investigación profunda
en la que “hemos podido constatar que otros países han sufrido situaciones
similares y han elaborado mecanismos de bonificación para los usuarios de
los servicios móviles prepago”. “Por tanto, es factible técnica y
económicamente realizar algún tipo de bonificación para los usuarios” de la
citada modalidad. “En la experiencia
internacional sobre degradaciones de redes similares a la que nos ocupa,
respecto a la bonificación a usuarios prepago, vemos diversos ejemplos, tales
como lo ocurrido en México, donde debido al alto crecimiento de los usuarios de
la red de telefonía móvil, y a raíz de las verificaciones realizadas por el
órgano regulador sobre los parámetros de calidad que debían ser cumplidos por
parte de las empresas Telcel y Lusacell, se comprobó que los mismos no estaban
acorde a las normas establecidas, por lo que dichas empresas debieron elaborar
un plan de bonificación que en el caso de los servicios móviles prepago consistió
en una bonificación de cinco minutos adicionales de tiempo aire, que equivale
en promedio a un 20% del consumo mensual por usuario bajo este tipo de
plan”, enfatiza la resolución del consejo directivo del Indotel. |
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